Guía · Voto desde el extranjero

Cómo votar el 29N si vives o estás fuera de España

Hay dos situaciones. Si resides de forma permanente en el extranjero (CERA), ya no tienes que pedir el voto: la documentación te llega a casa. Si estás fuera de forma temporal (ERTA), sí tienes que solicitarlo en tu consulado antes del 31 de octubre.

2.769.645 electores residen en el extranjero, según el INE.

¿Cuál es tu caso?

CERA · Residentes en el extranjero

Estás inscrito como residente en un consulado y en el Censo Electoral de Residentes Ausentes.

No necesitas solicitud previa. Recibes la documentación en tu domicilio del extranjero.

ERTA · Temporalmente en el extranjero

Vives en España, pero el 29N estarás fuera (estudios, trabajo, estancia larga). Debes estar inscrito en el consulado como no residente.

Solicítalo en el consulado del 24 al 31 de octubre, en persona y sin cita previa.

Residentes en el extranjero (CERA): plazos

TrámiteFechas
Primer envío: sobres, certificado de inscripción e instruccionesDel 24 al 30 de octubre, más el tiempo del correo
Segundo envío: papeletasDel 4 al 8 de noviembre (hasta el 14 si hay recursos contra candidaturas)
Descargar las papeletas por internetDesde la proclamación de candidaturas hasta el 26 de noviembre
Opción A: enviar el voto por correo al consuladoDebe llegar como tarde el 24 de noviembre
Opción B: depositarlo en la urna del consuladoDel 21 al 26 de noviembre, ambos incluidos

Importante: los sobres que lleguen al consulado antes de la proclamación definitiva de las candidaturas no son válidos. Espera a tener las papeletas definitivas.

Si eres CERA y estás en España esos días, puedes pedir el voto por correo en cualquier oficina de Correos hasta el 19 de noviembre y enviarlo como tarde el 25 de noviembre.

Temporalmente fuera (ERTA): paso a paso

  1. Inscríbete como no residente en el consulado

    Si no lo estás, puedes hacerlo en el mismo acto en que pides el voto.

  2. Presenta la solicitud del 24 al 31 de octubre

    En persona, en el consulado, con el impreso oficial. No se atienden solicitudes por teléfono ni por correo electrónico.

  3. Recibe la documentación

    La Oficina del Censo Electoral te la envía después de tramitar tu solicitud.

  4. Envía el voto por correo certificado a tu mesa en España

    Como tarde el 25 de noviembre.

Cuándo se cuentan estos votos

Los votos de los residentes en el extranjero no se incluyen en el recuento de la noche electoral. Se suman en el escrutinio general, que empieza el miércoles 2 de diciembre. Por eso el reparto de algún escaño puede cambiar días después de las elecciones, como ocurrió en Madrid en 2023.

Fuentes